CAMINO HACIA EL NUEVO AÑO CON MOTO NUEVA

REGLAMENTO
CAMINO HACIA EL NUEVO AÑO CON MOTO NUEVA.
1. Descripción.

La mecánica “CAMINO HACIA EL NUEVO AÑO CON MOTO NUEVA” sorteará una (1) motocicleta Vento Lithium 150cc, modelo 2022, entre todos los Participantes, que hayan acumulado al menos una (1) acción electrónica durante el Plazo de Vigencia, como se detallará más adelante.

2. Objeto.

Este Reglamento tiene como objeto regular el CAMINO HACIA EL NUEVO AÑO CON MOTO NUEVA, durante el Plazo de Vigencia establecido más adelante.

3. Definiciones importantes.

PedidosYa o el Organizador: dueño del CAMINO HACIA EL NUEVO AÑO CON MOTO NUEVA.

Reglamento: Documento que regula el CAMINO HACIA EL NUEVO AÑO CON MOTO NUEVA.

Plazo de Vigencia: Periodo de tiempo en el que la mecánica estará activa y los Participantes podrán participar en la misma. El Plazo de Vigencia iniciará el jueves dieciséis (16) de noviembre del 2023 al lunes primero (01) de enero del 2024 hasta las veintitrés y cincuenta y nueve horas (hora de Costa Rica).

Acción Electrónica: Cada persona Participante podrá acumular una (1) acción electrónica por cada veinticinco (25) ordenes completadas durante el Plazo de Vigencia.

Cada Acción Electrónica equivale a una posibilidad de ser elegido como Persona Favorecida en el CAMINO HACIA EL NUEVO AÑO CON MOTO NUEVA, no existiendo un límite de acciones electrónicas que pueda acumular un mismo Participante.

Acciones Electrónicas Adicionales: Además de la Acción Electrónica, cada persona Participante podrá acumular Acciones Electrónicas Adicionales durante el Plazo de Vigencia por las siguientes acciones:

  • Si el Participante tiene un “No Show” del 0% semanal, acumulará una (1) Acciones Electrónica Adicional por semana.
  • Si el Participante realiza entregas durante el Plazo de Vigencia, los días viernes y sábados entre las 5:00 p.m. y las 11:59 p.m., hora de Costa Rica, por cada doce (12) órdenes completadas, acumulará una (1) Acciones Electrónica Adicional por
  • Si el Participante realiza entregas durante el Plazo de Vigencia, los días domingo, por cada veinticinco (25) órdenes completadas, acumulará una (1) Acciones Electrónica Adicional.
  • El Organizador estará comunicando durante el Plazo de Vigencia distintas acciones con las que podrá acumular Acciones Electrónicas Adicionales.

Cada Acción Electrónica Adicional equivale a una posibilidad de ser elegido como Persona Favorecida en el CAMINO HACIA EL NUEVO AÑO CON MOTO NUEVA, no existiendo un límite de Acciones Electrónicas Adicionales que pueda acumular un mismo Participante.

 

Participantes: Podrán participar en CAMINO HACIA EL NUEVO AÑO CON MOTO NUEVA, todas las personas físicas que durante el Plazo de Vigencia y hasta la realización del Sorteo cumplan con todas las siguientes condiciones: (i) sean mayores de dieciocho (18) años; (ii) tengan domicilio y residencia en la República de Costa Rica; (iii) posean una cédula de identidad costarricense o cédula de residencia libre condición; (iv) estén inscritos y activos en la aplicación PEYA Rider durante el Plazo de Vigencia; (v) hayan acumulado al menos una (1) acción electrónica durante el Plazo de Vigencia; (vi) tengan una tasa de aceptación mínima de al menos ochenta por ciento (80%) durante el Plazo de Vigencia; (vii) tengan una tasa de “No Show” máxima del doce por ciento (12%) durante el Plazo de Vigencia.

Las personas que cumplan con todos los requisitos para ser considerado Participantes tendrán posibilidades de ser asignados como Personas Favorecidas.

Persona Favorecida: Participante escogido al azar como posible ganador del Premio indicado en el artículo 6 de este Reglamento, por medio del Sorteo que se realizará el día el lunes ocho (8) de enero del año 2024.

Persona Ganadora: Persona Favorecida que cumple los requisitos citados en el artículo 5 de este Reglamento, que lo hace acreedor al Premio estipulado en el artículo 6.

Suplente: Persona que podrá ser tomada en cuenta para sustituir a la Persona Ganadora, si por alguna razón la Persona Favorecida no acepta o no cumple con los requerimientos para aceptar el Premio.

4. Publicidad del Reglamento.

El Reglamento del CAMINO HACIA EL NUEVO AÑO CON MOTO NUEVA estará disponible y podrá ser consultado en la página web https://www.asistentepeya.com/ mientras el CAMINO HACIA EL NUEVO AÑO CON MOTO NUEVA esté vigente.

5. Mecánica de Participación.

Los Participantes de CAMINO HACIA EL NUEVO AÑO CON MOTO NUEVA deberán dentro del Plazo de Vigencia: (i) ser mayores de dieciocho (18) años; (ii) tener domicilio y residencia en la República de Costa Rica; (iii) poseer una cédula de identidad costarricense o cédula de residencia libre condición; (iv) estar inscritos y activos en la aplicación PEYA Rider durante el Plazo de Vigencia y hasta la fecha del Sorteo (v) acumular al menos una (1) acción electrónica durante el Plazo de Vigencia; (vi) tengan una tasa de aceptación mínima de al menos ochenta por ciento (80%) durante el Plazo de Vigencia; (vii) tengan una tasa de “No Show” máxima del doce por ciento (12%) durante el Plazo de Vigencia.

Las personas que cumplan con todos los requisitos para ser considerado Participantes tendrán posibilidades de ser asignados como Personas Favorecidas.

Requisitos para ser una Persona Ganadora de la Mecánica.

Para hacerse acreedor del Premio, la Persona Favorecida debe cumplir los siguientes requisitos:

  1. Cumplir con los requerimientos para ser considerado un Participante, tal como se indicó en el punto tres.
  2. Necesariamente, deberá conocer y aceptar todos los términos, condiciones y limitaciones establecidas en este Reglamento; por lo que el mismo estará disponible para su consulta previa en https://www.asistentepeya.com/ mientras el CAMINO HACIA EL NUEVO AÑO CON MOTO NUEVA esté vigente.
  3. Aceptará bajo su consentimiento ser fotografiados, retratados, filmados o grabados posteriormente a la entrega del Premio, para efectos publicitarios, y deberá de estar anuente a ello, dándole la facultad de utilizar su nombre e imagen en cualquier medio publicitario, renunciando a cualquier tipo de remuneración por ese concepto. Lo anterior se comunica a la Persona Favorecida.
  4. Deberá cumplir con los requisitos y condiciones estipulados en el presente Reglamento y firmar el documento de aceptación de Premio, exoneración de responsabilidad, uso de imagen y cualquier otro adicional que sea necesario según criterio de El Organizador.
  5. Necesariamente, deberá de mostrar su perfil en la aplicación PEYA Rider a El Organizador y dicho perfil, debe de coincidir con el documento de identificación que posea la Persona Favorecida. En caso de que no coincidan los nombres u otros datos relevantes para identificar de forma certera a la Persona Favorecida, se descalificará al mismo.
  6. Necesariamente, el día del Sorteo los Participantes deberán de estar activos en la aplicación PEYA Rider.
  7. Necesariamente, no podrá estar catalogado como Fraudulento.

 

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en el presente Reglamento para la asignación del Premio hará perder automáticamente a la Persona Favorecida el derecho a su asignación, sin derecho a reclamo alguno.

6. Premio.

Se sorteará una (1) motocicleta Vento Lithium 150cc, modelo 2022, nueva que incluye gastos de inscripción, marchamo 2024, alarma anti robo, encendido a distancia, puerto USB y parrilla de carga a un Participante.

7. Sorteo.

El Sorteo se llevará a cabo en Escazú Village Corporativo, WeWork, piso 6, el día lunes ocho (8) de enero del año dos mil veinticuatro, en donde se elegirá a la Persona Favorecida. En caso de que a criterio de El Organizador el Sorteo no pueda realizarse el día y en el lugar citados, se reprogramará para una fecha posterior dentro de los siguientes siete (7) días naturales. El Sorteo se llevará a cabo utilizando un sistema de “tómbola electrónica”, que escogerá a la Persona Favorecida de forma aleatoria entre todos los Participantes.

Escogida la Persona Favorecida de la forma antes descrita, se seleccionarán tres (3) personas más en condición de Suplentes. Los datos de los tres (3) Suplentes no serán dados a conocer al público y serán utilizados en el mismo orden de escogencia, única y exclusivamente en el supuesto de que el primer favorecido o los subsiguientes no cumplan alguno de los requisitos para resultar ganadores o no puedan ser corroborados, no aceptaren el Premio, no llegaren a hacer el retiro del Premio o no pudieren ser contactados por El Organizador.

Los Participantes quedan entendidos que El Organizador no tendrá obligación alguna de realizar ningún tipo de investigación exhaustiva o adicional para lograr la localización de algún Participante que hubiere resultado favorecido y que no pudiese ser contactado por medio de llamada telefónica o correo electrónico que tengan afiliado en la plataforma. En caso de que en un plazo de veinticuatro (24) horas de terminado el Sorteo no se haya podido localizar al favorecido, caducará su Premio y se procederá a localizar al Suplente correspondiente. En caso de que no pueda localizarse tampoco al Suplente durante ese mismo plazo, El Organizador no tendrá obligación de entregar el Premio y podrá disponer de él de conformidad con sus intereses.

8. Declaratoria de Mecánica Desierta.

En caso de que no fuera posible asignar el Premio establecido en la Cláusula 7 de este Reglamento a una Persona Ganadora, El Organizador declarará desierta la mecánica y dispondrá del Premio como considere conveniente. Al efecto podrá, discrecionalmente, realizar nuevos Sorteos para la misma mecánica o darle al Premio un fin distinto.

La declaratoria de mecánica desierta no implica responsabilidad de el Organizador para con los Participantes en la mecánica, por lo que en este supuesto no procederá el otorgamiento de ninguna indemnización por los gastos incurridos por los Participantes.

9. Entrega del Premio.

  1. El Organizador intentará localizar a la Persona Favorecida a partir del primer día hábil posterior a la realización del Sorteo, para notificarle su condición de Persona Favorecida, coordinar la firma del documento citado en la Cláusula 5 y la entrega del Premio. Lo anterior se realizará en uno de los PedidosYa Market que será definido por el Organizador al momento de la notificación de su condición de Persona Favorecida con el Participante y el traslado y gastos relacionados al retiro del Premio deben ser asumidos por la Persona Favorecida.
  2. Una vez notificado de su elección, la Persona Favorecida tendrá cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha de notificación, para reclamar el Premio, pasada esa fecha caduca el derecho de reclamar ese Premio y El Organizador dispondrá del mismo. El Organizador podrá extender este plazo hasta por un (1) mes calendario cuando la Persona Favorecida demuestre que se encuentra temporalmente imposibilitado o incapacitado para apersonarse a firmar el documento y reclamar el Premio.
  3. Ante la imposibilidad de localizar y notificar a los favorecidos (titular y Suplentes) dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores al Sorteo, caducará el derecho a reclamar el Premio.

10. Compromiso de la Persona Ganadora.

La Persona Ganadora no puede exigir la devolución, mejora y/o intercambio del Premio, a cambio de dinero, ni pólizas o seguros de ningún tipo asociadas a éste u otro beneficio que así pondere la Persona Ganadora ante El Organizador; de la misma manera se establece que el Premio no posee un valor comercial y, por lo tanto, la Persona Ganadora no podrá comercializarlo en el mercado, siendo la Persona Ganadora la única responsable del uso que se le dé al mismo. De igual forma El Organizador no se hará responsable de gastos en que incurra la Persona Ganadora por el traslado y otros rubros destinados para el disfrute y/o retiro del Premio.

En la publicidad del presente Sorteo se ha consignado la frase “Aplican Restricciones” y/o “Ver Reglamento en https://www.asistentepeya.com/, en señal de que la participación de los interesados, así como la propia mecánica y el Premio están sujetos a condiciones y limitaciones indicadas en el presente Reglamento.

La presente mecánica se rige por este Reglamento, en lo no previsto se aplicará la legislación nacional.

El Organizador se reserva el derecho de interpretar las disposiciones de este Reglamento en solución de un caso concreto. La responsabilidad del Organizador culmina con la entrega del Premio, y no será responsable de accidentes o acciones que perjudiquen al ganador o a terceras personas producto del uso y disfrute del Premio.

El Sorteo podrá ser cancelado por razones de caso fortuito o fuerza mayor, en este supuesto el Organizador no asumirá ninguna responsabilidad para con los Participantes.

El Organizador podrá verificar los datos aportados por cada Participante en cualquier momento, de previo a la entrega del Premio. Las personas que no cumplen con los requisitos reglamentarios serán descalificadas.

El derecho al Premio no es transferible, ni negociable, ni comerciable o canjeable de ninguna forma y será entregado únicamente a la Persona Ganadora dispuesta según lo previsto en este Reglamento.

El Organizador no se hará cargo de ningún trámite ni gasto incurrido por la Persona Ganadora y/o sus representantes legales para retirar o hacer efectivo el Premio.

El Organizador podrá suspender, temporal o definitivamente la mecánica, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegasen a detectar mecanismos de cualquier naturaleza que afecten o puedan afectar gravemente los intereses de PedidosYa o la correcta realización de la mecánica, igualmente podrá tomar todo tipo de acciones a fin de evitar que se produzcan o consumen actos de manipulación del Sorteo, concentración de participaciones, etcétera, que afecten la normalidad y transparencia del proceso.

El Organizador se reserva el derecho de modificar este Reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha del Sorteo, así como para resguardar los intereses suyos y de los participantes. Las actualizaciones del Reglamento serán publicadas en https://www.asistentepeya.com/ mientras el CAMINO HACIA EL NUEVO AÑO CON MOTO NUEVA esté vigente. Las eventuales modificaciones serán justificadas por El Organizador y no afectarán a los participantes que no hayan incurrido en actuaciones anómalas en perjuicio de la normalidad y la transparencia del proceso.

Con el fin de hacer público el resultado del Sorteo, la Persona Ganadora autoriza que su nombre e imagen aparezca en publicaciones y en cualquier medio publicitario o material de divulgación de las actividades posteriores al Sorteo, tales como sitio web o redes sociales de PedidosYa, pero no limitadas a la entrega y recibo del Premio, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen.

11. Exclusiones.

No podrán participar de la mecánica las personas jurídicas o quienes durante el Plazo de Vigencia sean; (i) personas físicas menores de dieciocho (18) años; (ii) empleados o directivos de PedidosYa, ni de sus sociedades o empresas vinculadas, sus Agencias de Promoción y publicidad; o (iii) cónyuges y parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive de cualquiera de las personas mencionadas anteriormente.